Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile
La Constitución de 1833 en su Artículo 88 dispuso que los Ministros debían dar cuenta al Congreso de la Nación, "lo relativo a los negocios del Departamento de cada uno de ellos", disposición que fue ratificada en la Constitución de 1925 en su Artículo 77. Cumpliendo este mandato, el Ministerio de Relaciones Exteriores da cuenta de su gestión mediante sus Memorias.