Adaptando la legislación penal de Argentina a la Convención Interamericana contrala Corrupción
Tipo de material:
- 0827042000
- 345 O28 2001
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Código de barras | |
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Biblioteca Central | 345 O28 2001 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | 11210 |
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Contiene: --Presentación. --Estudio final presentado por el consultor nacional Dr. Andrés José D'Alessio: adaptando la legislación penal de Argentina a la Convención Interamericana contra la corrupción. --Comentarios al informe final. --Propuesta del Proyecto de Ley. --Estudios complementarios realizados por otros consultores nacionales. 1) Raúl E. Vinuesa: asistencia jurídica mutua. 2) Enrique Paixao: órganos de control y prevención de la corrupción. 3)Gabriel Bouzat: análisis de la tipificación en la legislación comercial interna. 4) Eduardo Andrés Bertoni: asistencia jurídica/cooperación judicial internacional Ley 24.767. --Anexo: Convención Interamericana contra la Corrupción.
La corrupción es uno de los más grandes problemas y amenazas a la democracia y al desarrollo económico y social a nuestros países. Desde el punto de vista político, genera una pérdida progresiva de legitimidad del sistema que puede llevar hasta el colapso del mismo. A nivel social y económico, desmoraliza la sociedad y provoca tensiones entre ésta y los poderes públicos; desestimula el trabajo honesto e impide el ascenso social de acuerdo con los méritos de cada persona; genera desigualdades pues lleva a que los recursos oficiales se desvíen hacia particulares; incrementa los costos de los servicios públicos y obstaculiza o impide su prestación; reduce los ingresos del Estado, da lugar a aumentos injustificados del gasto público y a déficit fiscal; genera competencia desleal, aumenta los costos de los productos y desencadena otras distorsiones en el mercado