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Derecho ambiental internacional

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Washington BID 1993Descripción: 255 pTema(s):
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Contiene: --Palabras del señor Enrique V. Iglesias, Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, durante la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, Río de Janeiro, Brasil, 4 de junio de 1992. --Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, del 14 de junio de 1992. --Programa 21. Establecimiento de un marco jurídico y reglamentario eficaz. Resolución del 14 de junio de 1992, de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo. --Metas y principios de la evaluación de impacto ambiental, del 17 de junio de 1987. --Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, del 22 de marzo de 1985. --Protocolo de Montreal sobre Substancias que Agotan la Capa de Ozono, del 16 de septiembre de 1987. --Texto consolidado del Protocolo de Montreal con los ajustes y enmiendas acordadas en las Reuniones de las partes contratantes Londres y Nairobi, en 1990 y 1991, respectivamente. --Convenio de Basilea sobre el control de los movimiento transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, del 22 de marzo de 1989. --Directivas de Londres para el intercambio de información acerca de productos químicos objeto del comercio internacional, del 25 de mayo de 1989. --Convención marco de las Naciones Unidas sobre cambio climático, del 4 de junio 1992. --Convención sobre diversidad biológica, del 5 de junio de 1992.
Resumen: En el proceso de desarrollo sostenible contemplado en el Programa 21 que aprobara la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, asigna importantes responsabilidades a los gobiernos nacionales e instituciones regionales. Conforme al mismo, un componente esencial de las políticas de integración del medio al desarrollo económico y social, es el establecimiento de un marco jurídico y reglamentario eficaz.
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Documentos básicos seleccionados para un Seminario sobre derecho y política ambiental

Contiene: --Palabras del señor Enrique V. Iglesias, Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, durante la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, Río de Janeiro, Brasil, 4 de junio de 1992. --Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, del 14 de junio de 1992. --Programa 21. Establecimiento de un marco jurídico y reglamentario eficaz. Resolución del 14 de junio de 1992, de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo. --Metas y principios de la evaluación de impacto ambiental, del 17 de junio de 1987. --Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, del 22 de marzo de 1985. --Protocolo de Montreal sobre Substancias que Agotan la Capa de Ozono, del 16 de septiembre de 1987. --Texto consolidado del Protocolo de Montreal con los ajustes y enmiendas acordadas en las Reuniones de las partes contratantes Londres y Nairobi, en 1990 y 1991, respectivamente. --Convenio de Basilea sobre el control de los movimiento transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, del 22 de marzo de 1989. --Directivas de Londres para el intercambio de información acerca de productos químicos objeto del comercio internacional, del 25 de mayo de 1989. --Convención marco de las Naciones Unidas sobre cambio climático, del 4 de junio 1992. --Convención sobre diversidad biológica, del 5 de junio de 1992.

En el proceso de desarrollo sostenible contemplado en el Programa 21 que aprobara la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, asigna importantes responsabilidades a los gobiernos nacionales e instituciones regionales. Conforme al mismo, un componente esencial de las políticas de integración del medio al desarrollo económico y social, es el establecimiento de un marco jurídico y reglamentario eficaz.

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