Efectos internacionales de la reserva boliviana al artículo 49 de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes
Tipo de material: TextoIdioma: Español Detalles de publicación: Santiago ; 2013Descripción: 41 pTema(s):Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Tesis | Biblioteca Central | Trabajos de Investigación y Tesis | TESINA 2013 (Navegar estantería(Abre debajo)) | c.2 | Disponible | 08645 |
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Curso de Formación de Diplomáticos Promoción 2012-2013
c.2 en carpeta vaticana
Contiene: --Introducción. --El sistema internacional del control de estupefacientes. --La coca y el narcotráfico en Bolivia. --La reserva boliviana a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes. --Reflexiones finales: la posición de Chile.
La reserva boliviana a los párrafos 1 (c) y 2 (e) del artículo 49 de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, constituye un hecho sin precedentes en la historia del régimen internacional de prevención del tráfico ilícito de narcótico: por vez primera, un Estado que durante años había sido parte de la principal convención internacional al respecto denuncia este instrumento para luego adherirse nuevamente, pero con reserva.